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todos ellos es, sin duda, la Agenda 21 el documento de mayor
relevancia, pues supone un auténtico plan de trabajo operativo
para hacer realidad lo acordado en la Cumbre de Río. Así, la
Agenda 21 hace explícitos los calendarios y las previsiones de
financiación e identifica los agentes responsables de cada tipo
de actuación. La filosofía de la Agenda 21 requiere implicar y
dar poder a la población local.
La Comisión
sobre el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas fue
establecida después de la Cumbre de la Tierra para apoyar,
alentar y supervisar a los gobiernos, los organismos de las
Naciones Unidas y los grupos principales, tales como los
sectores comercial e industrial, las organizaciones no
gubernamentales y otros sectores de la sociedad civil, en las
medidas que habrían de adoptar para aplicar los acuerdos
alcanzados en la Cumbre para la Tierra.
En la
Cumbre de la Tierra celebrada en Johannesburgo
en 2002 se ha asumido el compromiso de fortalecer y mejorar
la gobernanza en todos los planos para lograr la aplicación
efectiva del Programa 21, los objetivos
del desarrollo del Milenio y el Plan
de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre.
A
nivel europeo, en el año 1992 se aprueba el Quinto
Progama de Acción Medioambiental denominado "Programa
Comunitario de Política y Acción en materia de Medio Ambiente
y Desarrollo Sostenible (1992-2000)". El Quinto Programa
establece un objetivo general basado en las declaraciones y
principios de la Conferencia de Río: orientar progresivamente
la actividad humana y el desarrollo hacia formas que presenten
un carácter más sostenible mediante el cambio de las pautas
actuales de desarrollo, producción, consumo y comportamiento.
La evaluación
del Quinto Programa realizada en 1998 señala que la política
ambiental llevada a cabo ha logrado algunos avances concretos
pero también subraya que los progresos han sido insuficientes
en relación con una serie de problemas significativos y muestra
su preocupación por la probabilidad de que muchos de estos
problemas persistan o se agraven durante la próxima década,
debido en gran parte a las preocupantes tendencias de las pautas
de consumo y producción, a menos que se adopten nuevas medidas
para anular los efectos negativos de esas tendencias. Por ello,
considera urgente la necesidad de
integrar los requisitos de protección del medio ambiente en
otras políticas.
El Sexto
Programa de Acción comunitario en materia de medio ambiente
fue aprobado el 22 de julio de 2002 por el Parlamento Europeo y
el Consejo de la Unión Europea. Este nuevo programa concreta la
componente medioambiental de la Estrategia
para un desarrollo sostenible de la Unión Europea aprobada
en junio de 2001 y que fue presentada en la Cumbre de
Johannesburgo. El objetivo del Sexto Programa es lograr una
disociación o desacoplamiento entre las presiones
medioambientales y el crecimiento económico, manteniendo la
coherencia con el principio de subsidiariedad y respetando la
diversidad de condiciones de las distintas regiones de la Unión
Europea
Departamento
de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
C/Donostia-San Sebastián, 1 - 01010 Vitoria - Gasteiz |